NOM-030-STPS: Servicios preventivos de salud en el trabajo

Ultima modificación 22/04/25

La NOM-030-STPS-2009, emitida por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), regula los servicios preventivos de salud que deben implementarse en todos los centros de trabajo del país. Su finalidad es establecer mecanismos de vigilancia, promoción y protección de la salud de los trabajadores para reducir riesgos y enfermedades ocupacionales.

Esta norma exige que las empresas implementen un sistema organizado de medicina del trabajo, que incluye: exámenes médicos iniciales, periódicos, específicos (como por exposición a sustancias peligrosas), así como campañas de salud, pláticas informativas y manejo de enfermedades crónicas. También exige la elaboración y mantenimiento de expedientes médicos por trabajador.

Uno de los componentes clave es la evaluación de las condiciones de salud del personal en función de los factores de riesgo laborales. Esto permite tomar decisiones más informadas respecto a reubicaciones, restricciones médicas o tratamientos preventivos. Además, el patrón debe capacitar a su personal responsable de salud ocupacional y contar con un médico autorizado o servicio externo.

La NOM-030 no solo tiene un enfoque clínico, sino también organizacional. El patrón debe integrar un programa anual de salud ocupacional, realizar estadísticas de morbilidad, y promover campañas de prevención sobre temas como ergonomía, salud mental, vacunación o nutrición.

El incumplimiento puede generar sanciones económicas y administrativas, además de poner en riesgo la salud y bienestar del personal. Su aplicación favorece un entorno laboral seguro, mejora la productividad y previene pérdidas económicas por incapacidades o ausentismo prolongado.

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La NOM-030-STPS-2009, emitida por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), regula los servicios preventivos de salud que deben implementarse en todos los centros de trabajo del país. Su finalidad es establecer mecanismos de vigilancia, promoción y protección de la salud de los trabajadores para reducir riesgos y enfermedades ocupacionales.

Esta norma exige que las empresas implementen un sistema organizado de medicina del trabajo, que incluye: exámenes médicos iniciales, periódicos, específicos (como por exposición a sustancias peligrosas), así como campañas de salud, pláticas informativas y manejo de enfermedades crónicas. También exige la elaboración y mantenimiento de expedientes médicos por trabajador.

Uno de los componentes clave es la evaluación de las condiciones de salud del personal en función de los factores de riesgo laborales. Esto permite tomar decisiones más informadas respecto a reubicaciones, restricciones médicas o tratamientos preventivos. Además, el patrón debe capacitar a su personal responsable de salud ocupacional y contar con un médico autorizado o servicio externo.

La NOM-030 no solo tiene un enfoque clínico, sino también organizacional. El patrón debe integrar un programa anual de salud ocupacional, realizar estadísticas de morbilidad, y promover campañas de prevención sobre temas como ergonomía, salud mental, vacunación o nutrición.

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